
L’ ITE-INSPECCIÓN TÉCNICA DE LOS EDIFICIOS se corresponde con el sistema de control de los edificios de viviendas con el fin de verificar cuál es su estado actual de mantenimiento. Para elaborar el informe correspondiente se debe realizar una inspección visual inicial del edificio llevada a cabo por un técnico competente, en nuestro escaso un arqy¡uitecte o arquitcte técnico, con el objetivo de analizar y determinar la estado actual del edificio. De esta manera una vez obtenidos todos los datos necesarios se podrá orientar y asesorar a la propiedad o comunidad de propietarios de las actuaciones recomendadas a realizar para cumplir el los requisitos mínimos de conservación y mantenimiento.
¿En qué consiste la inspección técnica de los Edificios?
- Inspección visual inicial de un técnico competente, redacción del informe ITE con detalle de las deficiencias detectadas y valoración del edificio con propuestas de mantenimiento y mejora.
- Recopilación y análisis de documentación existente referente al edificio: planes, catastro, etc …
- Tramitación del informe a las administraciones competentes. El período de contestación y resolución del expediente de la administración puede tardar entre 3-5 meses.
- Obtención del Certificado de Aptitud que acredita el buen estado del edificio. El periodo de vigencia dependerá del estado del inmueble.
¿A que edificios está dirigida la ITE?
- A los edificios plurifamiliares con una antigüedad de más de 45 años.
- Aquellos con un interés de acogerse ayudas públicas para su rehabilitación.
- Aquellos los edificios que estén incluidos en programas u ordenanzas locales.
- Ante causas justificadas como situaciones de riesgo, determinadas deficiencias o de ubicación en áreas de conservación y rehabilitación.
- Viviendas unifamiliares anteriores a 1950 sin que dispongan de cédula vigente.
¿Es obligatorio disponer del ITE Inspección técnica de los edificios y del Certificado de Aptitud?
De acuerdo con la Ley 18/2007 del derecho a la vivienda, no disponer del informe de inspección técnica del edificio es una infracción grave en materia de calidad de parque inmobiliario, en los supuestos en que sea exigible , y puede conllevar sanciones importantes.
Por tanto, la responsabilidad de la obtención del certificado de aptitud recae en la propiedad y en el caso de comunidades al presidente de la comunidad de propietarios.
Alcance de nuestro servicio de informe de inspección técnica de los edificios ITE en el Barcelonès
También ofrecemos la emisión de informes de inspección técnica de los edificios a las siguientes poblaciones cercanas a Barcelona: Badalona, L’Hospitalet de Llobregat, Sant Adrià de Besòs, Santa Coloma de Gramenet
Para finalizar, si quieres más información puedes acceder a la web de la Generalitat: : Inspección técnica de los edificios-Certifido de aptitud del edificio y a nuestro enlace ITE
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